/ martes 23 de noviembre de 2021

Economía y bienestar | El federalismo y la distribución de recursos

Actualmente es por todos conocido que el diseño institucional de gobierno que tenemos en nuestro país es de tipo federado, a través de las relaciones que se dan entre estados o entidades libres y soberanas que se afilian a una federación de estados a fin de que ésta sea una forma de organización que represente a los estados afiliados en algunas acciones propias del bien común, por otra parte, están en el diseño institucional los ayuntamientos que son los órganos gubernamentales más cercanos a los ciudadanos y que es de donde emana el poder público.

Algunos autores como Alexis de Tocqueville en su ya clásica obra de la ciencia política denominada la Democracia en América publicada en 1835, afirma que ahí donde se reúnen más de tres hombres de ahí emana el poder, es decir, la autoridad del político no es más que una concesión desde la base territorial y su población, a fin de que haya una representación que realice las acciones que un ciudadano en lo individual no podría por sus limitaciones técnicas y económicas principalmente.

Sin embargo, hay que reconocer que, así como las potestades políticas emanan de abajo hacia arriba, es decir, desde las bases ciudadanas hacia sus representantes, los recursos de igual forma deberían ser así, que desde lo local, fueran no solo independientes de donde naciera el poder, sino que desde ahí surgiera el poder económico de tal suerte que los recursos fueran desde la base y de ahí hacia los gobiernos tanto estatales como federal.

Derivado de lo anterior, y ante las reformas estructurales iniciadas desde las dos últimas décadas del siglo pasado, se ha tratado de transitar del fuerte centralismo que ha caracterizado la estructura gubernamental de nuestro país a uno donde el federalismo se vea más fortalecido, esto mediante el proceso de descentralización de funciones y atribuciones.

Con el objetivo de fortalecer dicho proceso se han reglamentado una serie de marcos jurídicos como la Ley de Coordinación Fiscal (LCF), a través de la cual se establece un mecanismo no solo de recaudación fiscal sino de reparto de recursos fiscales hacia los estados y los municipios, mediante las denominadas participaciones federales que son transferencias no condicionadas que se transfieren a los estados y municipios.

Por otra parte, las aportaciones federales, recursos desconcentrados que se gastan de acuerdo a reglas de operación, en este sentido la federación concentra los recursos fiscales y a través de un principio solidario redistribuye los recursos fiscales a las entidades federativas de acuerdo como se establece en la LCF, lo anterior implica el reconocer la importancia del gobierno central para distribuir los recursos fiscales.

Independientemente de la eficiencia que cada entidad haya tenido en la generación de recursos propios; en otro orden de ideas, el gobierno que debiera ser el más importante como es el municipio, resulta ser el de mayor dependencia de los referidos recursos federales, dicha condición genera en primera instancia un reconocimiento a la debilidad institucional para planear, programar y asignar recursos para atender las necesidades más urgentes dentro de sus territorios.

Por otra parte, aun reconociendo el fuerte centralismo, los gobiernos locales no han desarrollado medios eficientes para recaudar los recursos necesarios y suficientes para tener mayor autonomía y depender en menor medida de las aportaciones y las participaciones federales.

Por el contrario, parece ser que el mecanismo que más promueve la eficiencia en la recaudación, los ha hecho dependientes al quedar solo a la espera de las transferencias tanto condicionadas como no condicionadas, por lo anterior es de suma importancia que los gobiernos locales, hagan las propuestas respectivas a fin de establecer los mecanismos más eficaces y eficientes en el manejo y distribución de recursos fiscales que les permita ser autónomos en sus propios territorios, todo en pro de un auténtico municipio libre y un federalismo renovado.

  • Regeneración 19

Actualmente es por todos conocido que el diseño institucional de gobierno que tenemos en nuestro país es de tipo federado, a través de las relaciones que se dan entre estados o entidades libres y soberanas que se afilian a una federación de estados a fin de que ésta sea una forma de organización que represente a los estados afiliados en algunas acciones propias del bien común, por otra parte, están en el diseño institucional los ayuntamientos que son los órganos gubernamentales más cercanos a los ciudadanos y que es de donde emana el poder público.

Algunos autores como Alexis de Tocqueville en su ya clásica obra de la ciencia política denominada la Democracia en América publicada en 1835, afirma que ahí donde se reúnen más de tres hombres de ahí emana el poder, es decir, la autoridad del político no es más que una concesión desde la base territorial y su población, a fin de que haya una representación que realice las acciones que un ciudadano en lo individual no podría por sus limitaciones técnicas y económicas principalmente.

Sin embargo, hay que reconocer que, así como las potestades políticas emanan de abajo hacia arriba, es decir, desde las bases ciudadanas hacia sus representantes, los recursos de igual forma deberían ser así, que desde lo local, fueran no solo independientes de donde naciera el poder, sino que desde ahí surgiera el poder económico de tal suerte que los recursos fueran desde la base y de ahí hacia los gobiernos tanto estatales como federal.

Derivado de lo anterior, y ante las reformas estructurales iniciadas desde las dos últimas décadas del siglo pasado, se ha tratado de transitar del fuerte centralismo que ha caracterizado la estructura gubernamental de nuestro país a uno donde el federalismo se vea más fortalecido, esto mediante el proceso de descentralización de funciones y atribuciones.

Con el objetivo de fortalecer dicho proceso se han reglamentado una serie de marcos jurídicos como la Ley de Coordinación Fiscal (LCF), a través de la cual se establece un mecanismo no solo de recaudación fiscal sino de reparto de recursos fiscales hacia los estados y los municipios, mediante las denominadas participaciones federales que son transferencias no condicionadas que se transfieren a los estados y municipios.

Por otra parte, las aportaciones federales, recursos desconcentrados que se gastan de acuerdo a reglas de operación, en este sentido la federación concentra los recursos fiscales y a través de un principio solidario redistribuye los recursos fiscales a las entidades federativas de acuerdo como se establece en la LCF, lo anterior implica el reconocer la importancia del gobierno central para distribuir los recursos fiscales.

Independientemente de la eficiencia que cada entidad haya tenido en la generación de recursos propios; en otro orden de ideas, el gobierno que debiera ser el más importante como es el municipio, resulta ser el de mayor dependencia de los referidos recursos federales, dicha condición genera en primera instancia un reconocimiento a la debilidad institucional para planear, programar y asignar recursos para atender las necesidades más urgentes dentro de sus territorios.

Por otra parte, aun reconociendo el fuerte centralismo, los gobiernos locales no han desarrollado medios eficientes para recaudar los recursos necesarios y suficientes para tener mayor autonomía y depender en menor medida de las aportaciones y las participaciones federales.

Por el contrario, parece ser que el mecanismo que más promueve la eficiencia en la recaudación, los ha hecho dependientes al quedar solo a la espera de las transferencias tanto condicionadas como no condicionadas, por lo anterior es de suma importancia que los gobiernos locales, hagan las propuestas respectivas a fin de establecer los mecanismos más eficaces y eficientes en el manejo y distribución de recursos fiscales que les permita ser autónomos en sus propios territorios, todo en pro de un auténtico municipio libre y un federalismo renovado.

  • Regeneración 19