/ sábado 23 de mayo de 2020

Hablemos Legal | El Ministerio Público. Sus miedos

Sin lugar a dudas es una figura de gran importancia para la regulación de las conductas de nuestra sociedad.

El Ministerio Público, así mayormente conocido en nuestro entorno, con las reformas legales, ahora denominado Fiscalía, que en realidad es la misma figura encargada de la investigación de los diversos delitos que se establecen en nuestro código penal y sobre todo el velador de los intereses de la sociedad como representante de esta ante los actos realizados por las personas que realizan conductas encuadradas en los tipos penales previamente señalados y que todos conocemos como delitos.

Este organismo, de competencia Federal y Local, se le atribuye la representación, en el marco de la ley, para cuidar los intereses de la sociedad mediante el ejercicio de sus facultades de investigación de todos los hechos donde se ha cometido una conducta antijurídica, previamente señalada en el Código Penal y a la cual se le atribuye una sanción de índole económica y física; también debe proteger a las víctimas y los testigos de los hechos, para que, de estar acreditada la probable responsabilidad de una o unas personas y con datos y medios de pruebas suficientes que acrediten la existencia de los hechos delictivos, ejerzan la acción penal en contra del o los imputados.

La fiscalía debe contribuir hacia la sociedad en la creación de política criminal con otros órganos de seguridad pública y de vinculación, con el respeto de todos los principios que enmarcan en la ley, siempre buscando la protección de los intereses mayores de la sociedad, en especial de las mujeres y de los niños y niñas, aclarando que esto no hace una desigualdad, sino una prioridad a las áreas con más vulnerabilidad, finalidad que se pretende tener cuando se habla de Justicia.

Desgraciadamente, factores como la falta de presupuesto que conllevan a no contar con el número de personal adecuado, no contar con herramientas idóneas para que el personal desempeñe su función, la falta de capacitación y compromiso en la actualización o el grado de corrupción que puede presentarse han enmarcado a este órgano como un ente que no cumple cabalmente su función. La Procuración de Justicia no debe temblar ante los hechos delictivos que se le presentan y que dan pauta a la violación de muchos derechos con afectaciones colaterales hacia las víctimas.

Antes conocidas como agencias del Ministerio Público, ahora llamadas Unidades de Investigación acordes al sistema de justicia penal adversarial y oral, donde los nombres de los expedientes ya no es averiguación previa, en la actualidad son carpetas de investigación (NUC, numero único de carpeta).

Somos sabedores que no todos sus integrantes pueden ser catalogados igualmente, pero que sin dudarlo un gran número enfocado a las titularidades de esas dependencias son las que sufren de uno de los males más grandes de nuestra sociedad, la corrupción. Pero en estos tiempos le agregamos el temor que ellos presentan para judicializar los asuntos por la decante labor que se realiza en las carpetas de investigación y que como lo marca la ley acarrea responsabilidades a las funciones que realizan. El “nuevo” sistema de justicia penal, en el cual están presentes los juicios orales, audiencias públicas con ciertas limitantes que dependen del tipo de asunto y su gravedad, aparece la figura del juez de control, importante autoridad que debe y garantiza su labor de velar los derechos de todo ciudadano que apela a la correcta aplicación del Derecho en busca de la Justicia en las Unidades de Investigación.

Es muy serio el tema de la procuración de justicia, la sociedad clama el cabal cumplimiento de las obligaciones de los órganos que la componen, exige un compromiso legal y social que es lo que deben cuidar ya que al ser la primer autoridad que conoce de los hechos delictivos, su responsabilidad es más elevada porque en ellos esta aportar todos los elementos de pruebas con la que los jueces van a cumplir su función y de esta forma aplicar el Derecho con la Justicia de la mano. Si un ente de este tipo no cumple con sus obligaciones no debe estar en el lugar que afecta a la sociedad.

Re generación 19

Sin lugar a dudas es una figura de gran importancia para la regulación de las conductas de nuestra sociedad.

El Ministerio Público, así mayormente conocido en nuestro entorno, con las reformas legales, ahora denominado Fiscalía, que en realidad es la misma figura encargada de la investigación de los diversos delitos que se establecen en nuestro código penal y sobre todo el velador de los intereses de la sociedad como representante de esta ante los actos realizados por las personas que realizan conductas encuadradas en los tipos penales previamente señalados y que todos conocemos como delitos.

Este organismo, de competencia Federal y Local, se le atribuye la representación, en el marco de la ley, para cuidar los intereses de la sociedad mediante el ejercicio de sus facultades de investigación de todos los hechos donde se ha cometido una conducta antijurídica, previamente señalada en el Código Penal y a la cual se le atribuye una sanción de índole económica y física; también debe proteger a las víctimas y los testigos de los hechos, para que, de estar acreditada la probable responsabilidad de una o unas personas y con datos y medios de pruebas suficientes que acrediten la existencia de los hechos delictivos, ejerzan la acción penal en contra del o los imputados.

La fiscalía debe contribuir hacia la sociedad en la creación de política criminal con otros órganos de seguridad pública y de vinculación, con el respeto de todos los principios que enmarcan en la ley, siempre buscando la protección de los intereses mayores de la sociedad, en especial de las mujeres y de los niños y niñas, aclarando que esto no hace una desigualdad, sino una prioridad a las áreas con más vulnerabilidad, finalidad que se pretende tener cuando se habla de Justicia.

Desgraciadamente, factores como la falta de presupuesto que conllevan a no contar con el número de personal adecuado, no contar con herramientas idóneas para que el personal desempeñe su función, la falta de capacitación y compromiso en la actualización o el grado de corrupción que puede presentarse han enmarcado a este órgano como un ente que no cumple cabalmente su función. La Procuración de Justicia no debe temblar ante los hechos delictivos que se le presentan y que dan pauta a la violación de muchos derechos con afectaciones colaterales hacia las víctimas.

Antes conocidas como agencias del Ministerio Público, ahora llamadas Unidades de Investigación acordes al sistema de justicia penal adversarial y oral, donde los nombres de los expedientes ya no es averiguación previa, en la actualidad son carpetas de investigación (NUC, numero único de carpeta).

Somos sabedores que no todos sus integrantes pueden ser catalogados igualmente, pero que sin dudarlo un gran número enfocado a las titularidades de esas dependencias son las que sufren de uno de los males más grandes de nuestra sociedad, la corrupción. Pero en estos tiempos le agregamos el temor que ellos presentan para judicializar los asuntos por la decante labor que se realiza en las carpetas de investigación y que como lo marca la ley acarrea responsabilidades a las funciones que realizan. El “nuevo” sistema de justicia penal, en el cual están presentes los juicios orales, audiencias públicas con ciertas limitantes que dependen del tipo de asunto y su gravedad, aparece la figura del juez de control, importante autoridad que debe y garantiza su labor de velar los derechos de todo ciudadano que apela a la correcta aplicación del Derecho en busca de la Justicia en las Unidades de Investigación.

Es muy serio el tema de la procuración de justicia, la sociedad clama el cabal cumplimiento de las obligaciones de los órganos que la componen, exige un compromiso legal y social que es lo que deben cuidar ya que al ser la primer autoridad que conoce de los hechos delictivos, su responsabilidad es más elevada porque en ellos esta aportar todos los elementos de pruebas con la que los jueces van a cumplir su función y de esta forma aplicar el Derecho con la Justicia de la mano. Si un ente de este tipo no cumple con sus obligaciones no debe estar en el lugar que afecta a la sociedad.

Re generación 19