/ domingo 23 de febrero de 2020

Verba Luminis... Palabras de Luz | Equidad de Género...Violencia contra la mujer

La Suprema Corte de Justicia de la Nación tiene el compromiso institucional de hacer efectivo el principio de igualdad y garantizar el Derecho a la no discriminación.

Ambos previstos en los artículos 1o. y 4o. de la Constitución Mexicana así como en diversos tratados internacionales ratificados por nuestro país. En el orden nacional se aprobó la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de febrero de 2007, y su reglamento; y el reglamento para el funcionamiento del sistema nacional para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres aprobado el 24 de abril de 2007. Se constituyó también el Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres) que tiene entre sus responsabilidades impulsar y fomentar el conocimiento y el respeto a los derechos humanos de las mujeres.

La violencia contra la mujer constituye una violación a los derechos humanos y a las libertades fundamentales ya que es una ofensa a la dignidad humana, por lo que su eliminación y erradicación es condición indispensable para que se desarrolle en forma individual, social y garantice su plena e igualitaria participación en todos los ámbitos de la vida.

Aparte de lo anterior yo creo y estoy convencido, que uno de los principales deberes del Estado es modificar los patrones socioculturales de conducta para tener un nivel de educación que contrarresten prejuicios, costumbres y todo tipo de prácticas o estereotipos que exacerban la violencia contra la mujer.

¿Cómo se define la violencia contra la mujer? La violencia contra la mujer es cualquier acción o conducta basada en su género que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, ya que toda mujer por el simple hecho de serlo, tiene derecho a una vida libre de violencia, al reconocimiento y protección de todos los derechos humanos y a las libertades consagradas en la Ley. Pero, la realidad muestra, que pesa más la construcción cultural de la diferencia sexual, lo cual obstaculiza la materialización real de la igualdad y visibiliza una realidad en la que los valores y las conductas son dejados de lado.

Por todo ello, debemos luchar para que efectivamente toda mujer ejerza libre y plenamente sus derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales y deberá contar con la total protección de los derechos consagrados en nuestra legislación. Por una vida libre llena de violencia, todos los derechos para todas las mujeres. Ni una más.

cesar.fentanesbanda@gmail.com

La Suprema Corte de Justicia de la Nación tiene el compromiso institucional de hacer efectivo el principio de igualdad y garantizar el Derecho a la no discriminación.

Ambos previstos en los artículos 1o. y 4o. de la Constitución Mexicana así como en diversos tratados internacionales ratificados por nuestro país. En el orden nacional se aprobó la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de febrero de 2007, y su reglamento; y el reglamento para el funcionamiento del sistema nacional para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres aprobado el 24 de abril de 2007. Se constituyó también el Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres) que tiene entre sus responsabilidades impulsar y fomentar el conocimiento y el respeto a los derechos humanos de las mujeres.

La violencia contra la mujer constituye una violación a los derechos humanos y a las libertades fundamentales ya que es una ofensa a la dignidad humana, por lo que su eliminación y erradicación es condición indispensable para que se desarrolle en forma individual, social y garantice su plena e igualitaria participación en todos los ámbitos de la vida.

Aparte de lo anterior yo creo y estoy convencido, que uno de los principales deberes del Estado es modificar los patrones socioculturales de conducta para tener un nivel de educación que contrarresten prejuicios, costumbres y todo tipo de prácticas o estereotipos que exacerban la violencia contra la mujer.

¿Cómo se define la violencia contra la mujer? La violencia contra la mujer es cualquier acción o conducta basada en su género que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, ya que toda mujer por el simple hecho de serlo, tiene derecho a una vida libre de violencia, al reconocimiento y protección de todos los derechos humanos y a las libertades consagradas en la Ley. Pero, la realidad muestra, que pesa más la construcción cultural de la diferencia sexual, lo cual obstaculiza la materialización real de la igualdad y visibiliza una realidad en la que los valores y las conductas son dejados de lado.

Por todo ello, debemos luchar para que efectivamente toda mujer ejerza libre y plenamente sus derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales y deberá contar con la total protección de los derechos consagrados en nuestra legislación. Por una vida libre llena de violencia, todos los derechos para todas las mujeres. Ni una más.

cesar.fentanesbanda@gmail.com