/ viernes 22 de octubre de 2021

Cambios a comisión de Afores deben someterse a consulta

La propuesta es que se abra un proceso de consulta pública en el que el sector social y empresarial puedan manifestar su punto de vista respecto del anteproyecto

Al considerar que el anteproyecto que la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro para modificar la fórmula que se utiliza para calcular el tope a las comisiones aplicadas por las Administradoras de Fondos para el Retiro implica sobrecostos, la Coparmex llamó a que el cambio se discuta en una consulta pública.

Gabriel de Ibarra Elizondo, presidente de ese organismo en el sur de Tamaulipas, manifestó que la modificación pretendida para el 2022 vulnera los derechos de las administradoras y reduce la certeza jurídica.

Explicó que de acuerdo con los resultados del análisis realizado para la integración de la #AlertaRegulatoria, en la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) consideramos que el anteproyecto no cumple con los requisitos que establece la Ley General de Mejora Regulatoria.

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Por ello la propuesta es que se abra un proceso de consulta pública en el que el sector social y empresarial puedan manifestar su punto de vista respecto del anteproyecto.

Esto también facilita la participación de la Comisión Federal de Competencia Económica, que podrá emitir un dictamen técnico sobre las consecuencias del cambio de fórmula en la competencia del sector, pues de no hacerlo permanecerá con una clasificación errónea.

El proyecto tiene claros costos regulatorios ya que significa un cambio en las reglas del juego para las Afores, pues estas planearon sus operaciones con base en la fórmula publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de mayo de este año.

Gabriel de Ibarra Elizondo presidente del Centro Empresarial de Tampico | Mirna Hernández

A grandes rasgos la propuesta plantea que se revisarán los cobros en materia de pensiones en Estados Unidos, Colombia y Chile con los datos disponibles a septiembre de cada año para que se dé a conocer, a más tardar el último día hábil de octubre, en la página de internet de la Consar, el tope máximo de comisiones que podrán cobrar las administradores

La propuesta carece de bases técnicas y omite algunos montos relevantes que permitan hacer comparaciones adecuadas entre países y al menos, se deben considerar variables como volumen de cuentas, madurez del sistema y omisión de cuotas.

Al considerar que el anteproyecto que la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro para modificar la fórmula que se utiliza para calcular el tope a las comisiones aplicadas por las Administradoras de Fondos para el Retiro implica sobrecostos, la Coparmex llamó a que el cambio se discuta en una consulta pública.

Gabriel de Ibarra Elizondo, presidente de ese organismo en el sur de Tamaulipas, manifestó que la modificación pretendida para el 2022 vulnera los derechos de las administradoras y reduce la certeza jurídica.

Explicó que de acuerdo con los resultados del análisis realizado para la integración de la #AlertaRegulatoria, en la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) consideramos que el anteproyecto no cumple con los requisitos que establece la Ley General de Mejora Regulatoria.

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Por ello la propuesta es que se abra un proceso de consulta pública en el que el sector social y empresarial puedan manifestar su punto de vista respecto del anteproyecto.

Esto también facilita la participación de la Comisión Federal de Competencia Económica, que podrá emitir un dictamen técnico sobre las consecuencias del cambio de fórmula en la competencia del sector, pues de no hacerlo permanecerá con una clasificación errónea.

El proyecto tiene claros costos regulatorios ya que significa un cambio en las reglas del juego para las Afores, pues estas planearon sus operaciones con base en la fórmula publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de mayo de este año.

Gabriel de Ibarra Elizondo presidente del Centro Empresarial de Tampico | Mirna Hernández

A grandes rasgos la propuesta plantea que se revisarán los cobros en materia de pensiones en Estados Unidos, Colombia y Chile con los datos disponibles a septiembre de cada año para que se dé a conocer, a más tardar el último día hábil de octubre, en la página de internet de la Consar, el tope máximo de comisiones que podrán cobrar las administradores

La propuesta carece de bases técnicas y omite algunos montos relevantes que permitan hacer comparaciones adecuadas entre países y al menos, se deben considerar variables como volumen de cuentas, madurez del sistema y omisión de cuotas.

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