/ sábado 7 de noviembre de 2020

Hablemos legal | El Pacto Fiscal

La ciencia, como el arte, la religión, el comercio, la guerra e incluso dormir está basada en presupuestos. Gregory Bateson.

Muchos acontecimientos se han dado a conocer en últimas fechas relacionadas con el presupuesto de forma directa o indirecta; este tema es de suma relevancia para toda nuestra nación ya que las funciones que realizarán los entes de gobierno se basan mayormente en la distribución de este.

En los tres niveles de gobierno, municipal, estatal y federal, se cuenta con diversas disposiciones jurídicas que regulan el tema presupuestal, desde la recaudación de impuestos, derechos y contribuciones en diversos actos permitidos y que por medio de un plan de programa se da la distribución de los mismos.

Ahora bien, hemos estado escuchando diversas posiciones del dinero que debería el gobierno federal regresar a los gobiernos estatales, esto mediante el llamado pacto fiscal, el cual es muy diferente al pacto federal el que debemos entender como la unión de todas las entidades federativas para conformar una federación que es nuestra República mexicana; el pacto fiscal es un acuerdo regulado por la Ley de Coordinación Fiscal, que nace en 1953, cuyo objetivo es la colaboración ordenada de las autoridades de recaudación en las entidades federativas y municipales.

Lo anterior surge de la Convención Nacional Fiscal de 1947 en la cual se estableció un sistema federal para que cada entidad federativa tuviera acceso a un porcentaje de los ingresos y que los aprovecharan según necesitaran. El sistema pactado debería dar garantía a la uniformidad y coherencia en el cobro de los impuestos y la manera de repartirlos entre las entidades.

La Ley de Coordinación Fiscal establece la participación que corresponde a las haciendas públicas, distribuye las participaciones y fija las reglas de colaboración administrativa entre autoridades fiscales con el apoyo de organismos de coordinación fiscal. Señala también que cada entidad federativa puede unirse o no al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, y en el supuesto de hacerlo participar del total de los impuestos federales. En nuestra actualidad se tiene pactado la renuncia de cobro de impuestos federales por sí mismo a nivel estatal y municipal con la contraprestación de que la Federación les dé una parte de estos impuestos federales, entre los que podemos citar al impuesto sobre la renta, impuesto al valor agregado. (Artículo 10 LCF)

Si se pretende salir de este pacto, primero no lo confundamos con el pacto federal, segundo, es necesario estudiar la ley en cita para estar siempre en el marco de la legalidad, ya que todo debe estar acorde a las leyes, justas.

Re generación 19

fb: Fausto E Villarreal

La ciencia, como el arte, la religión, el comercio, la guerra e incluso dormir está basada en presupuestos. Gregory Bateson.

Muchos acontecimientos se han dado a conocer en últimas fechas relacionadas con el presupuesto de forma directa o indirecta; este tema es de suma relevancia para toda nuestra nación ya que las funciones que realizarán los entes de gobierno se basan mayormente en la distribución de este.

En los tres niveles de gobierno, municipal, estatal y federal, se cuenta con diversas disposiciones jurídicas que regulan el tema presupuestal, desde la recaudación de impuestos, derechos y contribuciones en diversos actos permitidos y que por medio de un plan de programa se da la distribución de los mismos.

Ahora bien, hemos estado escuchando diversas posiciones del dinero que debería el gobierno federal regresar a los gobiernos estatales, esto mediante el llamado pacto fiscal, el cual es muy diferente al pacto federal el que debemos entender como la unión de todas las entidades federativas para conformar una federación que es nuestra República mexicana; el pacto fiscal es un acuerdo regulado por la Ley de Coordinación Fiscal, que nace en 1953, cuyo objetivo es la colaboración ordenada de las autoridades de recaudación en las entidades federativas y municipales.

Lo anterior surge de la Convención Nacional Fiscal de 1947 en la cual se estableció un sistema federal para que cada entidad federativa tuviera acceso a un porcentaje de los ingresos y que los aprovecharan según necesitaran. El sistema pactado debería dar garantía a la uniformidad y coherencia en el cobro de los impuestos y la manera de repartirlos entre las entidades.

La Ley de Coordinación Fiscal establece la participación que corresponde a las haciendas públicas, distribuye las participaciones y fija las reglas de colaboración administrativa entre autoridades fiscales con el apoyo de organismos de coordinación fiscal. Señala también que cada entidad federativa puede unirse o no al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, y en el supuesto de hacerlo participar del total de los impuestos federales. En nuestra actualidad se tiene pactado la renuncia de cobro de impuestos federales por sí mismo a nivel estatal y municipal con la contraprestación de que la Federación les dé una parte de estos impuestos federales, entre los que podemos citar al impuesto sobre la renta, impuesto al valor agregado. (Artículo 10 LCF)

Si se pretende salir de este pacto, primero no lo confundamos con el pacto federal, segundo, es necesario estudiar la ley en cita para estar siempre en el marco de la legalidad, ya que todo debe estar acorde a las leyes, justas.

Re generación 19

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