Los proveedores de servicios de telefonía e Internet (fija y móvil) tendrán que indemnizar a quienes se vean afectadas por fallas en el suministro de sus productos a partir de este mes de septiembre, esto debido a la aprobación de la modificaciones realizadas a la NOM-184-SCFI-2018, que comprende a estas empresas.
Fue a partir del 4 se septiembre, cuando ya se obligará a las compañías de telecomunicaciones a registrar ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) sus contratos y con ello las telefónicas como Movistar, Telcel, AT&T o Unefon, deberán bonificar a sus usuarios cuando se vean afectados por fallas en la prestación del servicio.
La NOM-184-SCFI-2018, obliga a los proveedores de servicios a registrar ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) los contratos de adhesión bajo los cuales comercializarán sus actividades y faculta a la Profeco para valorar que las penas sean razonables, reciprocas, equitativas y proporcionales, entre otros elementos novedosos.
En el caso de los clientes de la modalidad de prepago se indica que si el servicio de telefonía móvil no se presta en la forma y términos convenidos en la publicidad por causas imputables al proveedor, este tendrá que compensar al consumidor con la parte proporcional del precio del servicio que se dejó de proveer y con el 20 por ciento del monto del periodo de afectación, como una bonificación.
La Procuraduría Federal del Consumidor comunicó que las modificaciones a la norma se busca proteger a los consumidores del sector de telecomunicaciones y puntualizó que las empresas que dan estos servicios han ocupado a lo largo de los últimos meses los primeros lugares en quejas de usuarios.