Con la aprobación del Senado de la República de la Ley General de Bienes Nacionales que prohíbe los obstáculos para el libre acceso a las playas mexicanas, el presidente del Consejo Empresarial de Madero (CEM), Jaime Fernando Posadas Lara, señaló que en las costas maderenses no hay playas privadas.
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“En Miramar no hay playas privadas, ni espacio que deba liberarse; ningún propietario colindante, ni concesionario está en la condición de apropiación de playas, que por definición son públicas en nuestro país, al margen de estas reformas”, indicó.
Posadas Lara, mencionó que playa Miramar posee una marcada porosidad e inclusive en la zona hotelera y puso como ejemplos los seis accesos amplios y públicos de 10 metros de ancho que conecta al bulevar Costero con la zona federal marítima terrestre, además de la plaza Gobernadores y el derecho de vía de Petróleos Mexicanos (Pemex).
“El acceso a las playas marítimas y la zona federal marítimo terrestre contigua a ellas no podrá ser inhibido, restringido, obstaculizado ni condicionado salvo en los casos que establezca el reglamento”, según indica la reforma.
Detalló que esta reforma es buena en algunas playas de la República Mexicana en donde si existen las llamadas playas privadas.
“La reforma referida es positiva en tanto garantiza acceso a las playas mexicanas, que en algunos destinos turísticos, aún siendo públicas, carecen de la accesibilidad que tiene nuestra playa”, expresó.
Asimismo señaló “la autoridad tiene áreas de oportunidad en las zonas norte y sur de Playa Miramar, para que se repliquen en éstas, las previsiones que tomamos en la zona hotelera, a la que dotamos de espacios públicos que además funcionan como accesos”.
De acuerdo a esta reforma, en caso de que alguien se interponga al libre paso, se castigará con multas económicas que van de los 260 mil 640 hasta un millón 42 mil 560 pesos
“Se sancionará con multa de entre tres mil y hasta doce mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a los propietarios de terrenos colindantes con la zona federal marítimo terrestre o los titulares de concesiones, permisos, autorizaciones y acuerdos de destino respecto del aprovechamiento de la zona federal marítimo terrestre que por cualquier medio o acto impidan, inhiban, restrinjan, obstaculicen o condicionen el acceso a la zona federal marítimo terrestre y a las playas marítimas”.