Hasta nueve años de cárcel para quien tome de mascota a iguanas de la laguna del Carpintero, ya que son especies consideradas como animales exóticos y protegidos por la norma 59 de animales en peligro de extinción nativas de México emitida por la Semarnat, al igual que los cocodrilos moreletii que también contempla a los loros.
Daniel Gómez, jefe de la oficina de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente menciona que el tráfico de especies de animales exóticos y protegidos que están regulados en la norma y no nada más es falta, es un delito, las personas se hacen acreedoras a una sanción.
"Pueden enfrentar una situación crítica para ellos, como puede ser una denuncia penal y aunque recientemente no tenemos casos, es importante que las personas tomen en cuenta que las especies protegidas lo están por ciertas especificaciones establecidas con diversos criterios", destacó.
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Comentó que si detectan a la persona en posición la pena puede ser de tres hasta de nueve años de cárcel y las sanciones económicas también pueden ser importantes ya que la ley prevé 300 a tres mil días de salario mínimo, es decir, hasta 62 mil y la más alta de alrededor de 600 mil de pesos.
Esta prohibido sacar de su hábitat a fauna silvestre protegida
Mucha de la fauna silvestre protegida se tiene a la vista en diversas áreas de la ciudad y puede parecerle a la población muy fácil a una persona tomar una iguana o un cocodrilo pequeño o huevos de alguno de los nidos y todo eso no solo está prohibido, sino que conlleva una sanción fuerte.
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La norma oficial mexicana (NOM) tiene por objeto identificar las especies o poblaciones de flora y fauna silvestres en riesgo en la República Mexicana, así como establecer los criterios de inclusión, exclusión o cambio de categoría de riesgo para las especies o poblaciones, mediante un método de evaluación de su riesgo de extinción y es de observancia obligatoria en todo el territorio nacional.