/ miércoles 19 de mayo de 2021

Pensando en voz alta | Cabeza de Vaca sí puede ser investigado, pero no detenido

De la mano de un exsecretario de la SCJN te explicamos a detalle la situación del gobernador de Tamaulipas

El gobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca sí mantiene el fuero debido a que el Congreso estatal no aprobó el retiro del mismo, confirmó Raúl Mejía Garza, exsecretario de Estudio y Cuenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Señaló también que aunque la Fiscalía General de la República (FGR) sí puede solicitar una orden de aprehensión, el juez está impedido a otorgarla.

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DESECHAR CONTROVERSIA NO REMUEVE LA INMUNIDAD

“El desechamiento de la controversia (por parte de la Corte) no le da la razón a la Cámara federal, no le priva del fuero al gobernador”, detalló en entrevista para EL SOL DE TAMPICO.

En este sentido, explicó que tanto la no homologación del retiro de la inmunidad procesal, como la controversia fueron acciones de los legisladores tamaulipecos, “fueron dos actos de la misma Cámara, lo que les dijo la Corte es: ‘tú me estás solicitando una controversia contra el acto de la Cámara federal. Sin embargo, ese acto no te afecta porque tú ya ejerciste correctamente tus atribuciones y ya dijiste que no homologas esa declaratoria federal, por lo tanto, el acto de la Cámara federal no te afecta. El acto válido y vigente es el que tú emitiste el 30 de abril inmediatamente posterior al de la Cámara federal”.

Manifestó que aunque es un acto complejo de la Constitución, todo está establecido en el artículo 111, sección quinta, “en donde actúa primero la Cámara federal, emite una resolución que comunica a la Cámara local para efectos puramente declarativos y es la Cámara local la que finalmente tiene la última palabra de si se le remueve o no el fuero al servidor público local, porque además es la Cámara local la única que puede retirar o separar de su cargo al servidor público local, cosa que el Congreso estatal no hizo, se mantuvo el fuero del gobernador”.

FGR IMPUGNA DECISIÓN, “ALGO RARO”

Respecto a la inconformidad presentada por la FGR respecto a la determinación del máximo tribunal, el entrevistado explicó que “es una cosa muy extraña, es muy rara hablando jurídica y procesalmente, no puedes actuar en un caso donde no eres parte y lo que sucede en esta controversia es que vino la Cámara local, inició la controversia y se la desecharon.

Eso significa que nunca la admitió el ministro instructor, simplemente dijo: ‘no hay interés para iniciar esta controversia’; esto significa que no hubo contraparte, no se le dio un emplazamiento a la Cámara de Diputados”. Por lo anterior, añadió que “tampoco la Fiscalía es parte del asunto, entonces yo creo que la Fiscalía en algún momento se hizo del acto, que tal vez hizo público, y dijo ‘yo reclamo esto’, pero evidentemente la Fiscalía no tiene vela en el entierro, eso no le afecta”. Mejía Garza indicó que lo que estaría solicitando en su momento la FGR “es que se admitiera la controversia, lo cual hasta suena como un poco absurdo porque justamente el desechamiento deja las cosas claras en el momento que estamos viviendo.

Digamos que la posición de la Fiscalía, entiendo, es para decir que esto todavía está bajo juicio cuando realmente la Fiscalía no tiene ninguna legislación para ir a la reclamación”.

PUEDEN INVESTIGAR AL GOBERNADOR, PERO NO PROCESARLO

El profesor del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE) enfatizó que la FGR sí puede abrir carpetas de investigación, “es más, pueden solicitar una orden de aprehensión al juez, pero es ahí donde está la válvula o el switch, porque el juez federal para emitir una orden contra un servidor público tiene que verificar que el servidor público no cuenta con fuero.

Si el servidor público cuenta con fuero entonces el juez puede estar cometiendo un delito, porque es un delito contra la administración de justicia el judicializar un expediente si es contra un funcionario con fuero”.

Vía telefónica, también remarcó que la investigación y las funciones de la Fiscalía no se obstaculizan, aunque el mandatario siga protegido, “de hecho, una vez terminado el período del gobernador, en octubre del próximo año, se podría proceder en su contra porque deja su cargo”.

NINGUNA CÁMARA SE SUBORDINA A OTRA

Finalmente, el entrevistado enfatizó que en este contexto es importante recordar que las entidades de la República no se subordinan a la Federación, “estamos en una condición donde las cámaras locales y federales ambas están en una misma situación frente al pacto federal, una no se subordina a la otra. La idea de que porque la Cámara es federal es más representante que la local es una mala manera de entender la posición de los estados".

El gobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca sí mantiene el fuero debido a que el Congreso estatal no aprobó el retiro del mismo, confirmó Raúl Mejía Garza, exsecretario de Estudio y Cuenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Señaló también que aunque la Fiscalía General de la República (FGR) sí puede solicitar una orden de aprehensión, el juez está impedido a otorgarla.

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DESECHAR CONTROVERSIA NO REMUEVE LA INMUNIDAD

“El desechamiento de la controversia (por parte de la Corte) no le da la razón a la Cámara federal, no le priva del fuero al gobernador”, detalló en entrevista para EL SOL DE TAMPICO.

En este sentido, explicó que tanto la no homologación del retiro de la inmunidad procesal, como la controversia fueron acciones de los legisladores tamaulipecos, “fueron dos actos de la misma Cámara, lo que les dijo la Corte es: ‘tú me estás solicitando una controversia contra el acto de la Cámara federal. Sin embargo, ese acto no te afecta porque tú ya ejerciste correctamente tus atribuciones y ya dijiste que no homologas esa declaratoria federal, por lo tanto, el acto de la Cámara federal no te afecta. El acto válido y vigente es el que tú emitiste el 30 de abril inmediatamente posterior al de la Cámara federal”.

Manifestó que aunque es un acto complejo de la Constitución, todo está establecido en el artículo 111, sección quinta, “en donde actúa primero la Cámara federal, emite una resolución que comunica a la Cámara local para efectos puramente declarativos y es la Cámara local la que finalmente tiene la última palabra de si se le remueve o no el fuero al servidor público local, porque además es la Cámara local la única que puede retirar o separar de su cargo al servidor público local, cosa que el Congreso estatal no hizo, se mantuvo el fuero del gobernador”.

FGR IMPUGNA DECISIÓN, “ALGO RARO”

Respecto a la inconformidad presentada por la FGR respecto a la determinación del máximo tribunal, el entrevistado explicó que “es una cosa muy extraña, es muy rara hablando jurídica y procesalmente, no puedes actuar en un caso donde no eres parte y lo que sucede en esta controversia es que vino la Cámara local, inició la controversia y se la desecharon.

Eso significa que nunca la admitió el ministro instructor, simplemente dijo: ‘no hay interés para iniciar esta controversia’; esto significa que no hubo contraparte, no se le dio un emplazamiento a la Cámara de Diputados”. Por lo anterior, añadió que “tampoco la Fiscalía es parte del asunto, entonces yo creo que la Fiscalía en algún momento se hizo del acto, que tal vez hizo público, y dijo ‘yo reclamo esto’, pero evidentemente la Fiscalía no tiene vela en el entierro, eso no le afecta”. Mejía Garza indicó que lo que estaría solicitando en su momento la FGR “es que se admitiera la controversia, lo cual hasta suena como un poco absurdo porque justamente el desechamiento deja las cosas claras en el momento que estamos viviendo.

Digamos que la posición de la Fiscalía, entiendo, es para decir que esto todavía está bajo juicio cuando realmente la Fiscalía no tiene ninguna legislación para ir a la reclamación”.

PUEDEN INVESTIGAR AL GOBERNADOR, PERO NO PROCESARLO

El profesor del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE) enfatizó que la FGR sí puede abrir carpetas de investigación, “es más, pueden solicitar una orden de aprehensión al juez, pero es ahí donde está la válvula o el switch, porque el juez federal para emitir una orden contra un servidor público tiene que verificar que el servidor público no cuenta con fuero.

Si el servidor público cuenta con fuero entonces el juez puede estar cometiendo un delito, porque es un delito contra la administración de justicia el judicializar un expediente si es contra un funcionario con fuero”.

Vía telefónica, también remarcó que la investigación y las funciones de la Fiscalía no se obstaculizan, aunque el mandatario siga protegido, “de hecho, una vez terminado el período del gobernador, en octubre del próximo año, se podría proceder en su contra porque deja su cargo”.

NINGUNA CÁMARA SE SUBORDINA A OTRA

Finalmente, el entrevistado enfatizó que en este contexto es importante recordar que las entidades de la República no se subordinan a la Federación, “estamos en una condición donde las cámaras locales y federales ambas están en una misma situación frente al pacto federal, una no se subordina a la otra. La idea de que porque la Cámara es federal es más representante que la local es una mala manera de entender la posición de los estados".

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