/ miércoles 6 de septiembre de 2023

SCJN declara inconstitucional la penalización del aborto a nivel federal

La Primera Sala de Suprema Corte de Justicia declara inconstitucional la penalización del aborto en el Código Penal Federal

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucionales los artículos del Código Penal Federal que castigan el aborto; la resolución implica que ninguna mujer o persona gestante podrá ser sancionada por interrumpir su embarazo, lo mismo que los médicos o personal de salud que lo practiquen y las instituciones federales de Salud deberán brindar el servicio.

La Primera Sala de la Suprema Corte resolvió un amparo interpuesto en 2021 por el Grupo de Información en Reproducción Asistida (GIRE) que busca que todas las mujeres y personas gestantes tengan acceso a abortos seguros.

Puedes leer: En diez años se registraron más de tres mil denuncias por aborto: GIRE

“Esta Primera Sala determina que la inaplicación de las normas que criminalizan el aborto a nivel federal deberá ser llevada a cabo por parte de cualquier autoridad jurisdiccional y administrativa, específicamente, por el personal de las instituciones de salud involucrado con la práctica de la interrupción del embarazo y los agentes del Ministerio Público que reciban las denuncias por estos hechos”, señala el proyecto aprobado, elaborado por la ministra Margarita Ríos Farjat.

De acuerdo con Brenda Rodríguez, integrante del GIRE, hasta antes de esta resolución de la Corte las instituciones federales rechazaban atender las solicitudes de interrupción del embarazo debido a que se regían por lo señalado en el Código Penal Federal.

A partir de ahora, las instituciones de salud como el IMSS, ISSSTE y PEMEX deberán tratar el aborto como cualquier otra enfermedad, en particular en la Ciudad de México en dónde a pesar de que se despenalizó desde hace varias décadas, las instituciones federales no estaban regidas por la ley local.

Brenda Rodríguez indicó que esta resolución también incluye al personal médico que práctica los abortos. “La idea es que siempre que sea un consentimiento de aborto voluntario los médicos están protegidos”.

 

 

La organización, que desde hace 30 años da acompañamiento a las mujeres para ejercer sus derechos reproductivos, pidió a través de un comunicado que los estados que aún despenalizan el aborto se apeguen a los criterios de la Corte.

"Desde GIRE confiamos en que las entidades del país, cuya legislación aún obstaculiza la autonomía reproductiva, tomen en cuenta los criterios del máximo tribunal de justicia a fin de garantizar el derecho a decidir de las mujeres y personas con capacidad de gestar".

En México, de 2007 a la fecha 12 entidades ya despenalizaron el aborto, 10 por aprobación de sus congresos locales y dos, Aguascalientes y Coahuila, por resoluciones de la SCJN.

Ciudad de México fue la primera entidad en despenalizar el aborto el 24 de abril de 2007 y pasaron 12 años hasta que Oaxaca hizo lo propio el 25 de septiembre de 2019. De ahí a la fecha, Hidalgo, Veracruz, Baja California, Coahuila, Sinaloa, Colima, Guerrero, Baja California Sur, Quintana Roo y Aguascalientes han seguido ese camino.

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México se suma así a Argentina y Colombia que ya despenalizaron el aborto a nivel nacional.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucionales los artículos del Código Penal Federal que castigan el aborto; la resolución implica que ninguna mujer o persona gestante podrá ser sancionada por interrumpir su embarazo, lo mismo que los médicos o personal de salud que lo practiquen y las instituciones federales de Salud deberán brindar el servicio.

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“Esta Primera Sala determina que la inaplicación de las normas que criminalizan el aborto a nivel federal deberá ser llevada a cabo por parte de cualquier autoridad jurisdiccional y administrativa, específicamente, por el personal de las instituciones de salud involucrado con la práctica de la interrupción del embarazo y los agentes del Ministerio Público que reciban las denuncias por estos hechos”, señala el proyecto aprobado, elaborado por la ministra Margarita Ríos Farjat.

De acuerdo con Brenda Rodríguez, integrante del GIRE, hasta antes de esta resolución de la Corte las instituciones federales rechazaban atender las solicitudes de interrupción del embarazo debido a que se regían por lo señalado en el Código Penal Federal.

A partir de ahora, las instituciones de salud como el IMSS, ISSSTE y PEMEX deberán tratar el aborto como cualquier otra enfermedad, en particular en la Ciudad de México en dónde a pesar de que se despenalizó desde hace varias décadas, las instituciones federales no estaban regidas por la ley local.

Brenda Rodríguez indicó que esta resolución también incluye al personal médico que práctica los abortos. “La idea es que siempre que sea un consentimiento de aborto voluntario los médicos están protegidos”.

 

 

La organización, que desde hace 30 años da acompañamiento a las mujeres para ejercer sus derechos reproductivos, pidió a través de un comunicado que los estados que aún despenalizan el aborto se apeguen a los criterios de la Corte.

"Desde GIRE confiamos en que las entidades del país, cuya legislación aún obstaculiza la autonomía reproductiva, tomen en cuenta los criterios del máximo tribunal de justicia a fin de garantizar el derecho a decidir de las mujeres y personas con capacidad de gestar".

En México, de 2007 a la fecha 12 entidades ya despenalizaron el aborto, 10 por aprobación de sus congresos locales y dos, Aguascalientes y Coahuila, por resoluciones de la SCJN.

Ciudad de México fue la primera entidad en despenalizar el aborto el 24 de abril de 2007 y pasaron 12 años hasta que Oaxaca hizo lo propio el 25 de septiembre de 2019. De ahí a la fecha, Hidalgo, Veracruz, Baja California, Coahuila, Sinaloa, Colima, Guerrero, Baja California Sur, Quintana Roo y Aguascalientes han seguido ese camino.

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