La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la reforma electoral de Tabasco que reducía de 14 a 8 el número de diputados de representación proporcional —plurinominales— porque generaría un “desequilibrio en la democracia representativa”.
La reforma electoral de Tabasco, aprobada en 2021, buscaba reducir las diputaciones de 35 a 29: 21 de mayoría relativa y ocho de representación proporcional, lo cual daría al partido mayoritario el control del Congreso y evitaba que las minorías pudieran impugnar sus decisiones.
"Las minorías se verían avasalladas con este modelo de integración del Congreso", aseguró la ministra presidente de la Suprema Corte, Norma Piña Herrera, una de los ocho ministros que votaron por invalidar la reforma.
En 2021, cuando se renovó el Congreso de Tabasco, Morena gana las 21 diputaciones de mayoría relativa, por lo que los partidos de oposición se repartieron las diputaciones de representación proporcional: seis del PRD, cuatro del PRI, tres del PVEM y una para Movimiento Ciudadano.
Si en la elección de 2024 se aplicara la reforma invalidada "Morena hubiera controlado el 72.5 por ciento del Congreso, dejando a los demás partidos con sólo el 27.5 por ciento de los asientos, posiblemente incluyendo entre éstos a aliados del partido gobernante", acusó el ministro Luis María Aguilar, quien añadió que esa cantidad de diputaciones de oposición en insuficiente para presentar acciones de inconstitucionalidad ante la Corte.
Alfredo Gutiérrez Ortíz Mena, ministro autor del proyecto votado por la Corte, explicó que las entidades federativas son libres de reducir el número de integrantes de sus congresos locales, pero el problema en Tabasco fue que sólo quisieron reducir el número de plurinominales.
“Las entidades federativas están obligadas por la Constitución a establecer un sistema que prevea ambos principios —mayoría relativa y representación proporcional— y una relación razonable entre ambos”, dijo Gutiérrez Ortíz Mena.
Sólo nueve de los 11 ministros estuvieron presentes en la sesión. Loretta Ortíz fue la única que votó por la constitucionalidad de la reforma al argumentar que cumplía con el “fin constitucionalmente válido” de ahorrar dinero.
El ministro Arturo Zaldivar también votó a favor de la constitucionalidad, pero cambió su voto para obtener la mayoría necesaria para invalidar la reforma.
El gobernador de Tabasco, Carlos Manuel Merino Campos, dijo que aunque no comparta la determinación de la Corte, la acatará.
“Yo puedo estar en contra de la no reducción de los diputados plurinominales, porque nosotros defendemos la Reforma Electoral en los términos planteados por el señor Presidente, pero la acato si no va como yo la quiero”, expuso.
Respecto a que ya no se dará el ahorro que se estimaba en cuanto a los gastos que generan los diputados plurinominales, Merino Campos comentó que “no sólo el ahorro, sino que la gente para ser representada debe de manifestarse y votar en una democracia directa. Los diputados pluris han sido una forma que benefició igual a muchos miembros prominentes de los antiguos partidos dominantes”.
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El mandatario estatal dijo no estar convencido del resolutivo, ya que la propuesta era un punto medular no solo a nivel local, sino a también nacional, reiterando que se podría reducir el número de diputados, ya que el trabajo legislativo se puede efectuar con la mitad o menos.
Publicado originalmente en El Heraldo de Tabasco