La Comisión Estatal Contra Riesgos Sanitarios, señala que se deben de respetar las áreas de no fumadores y en caso de no ser así, las personas pueden efectuar esta denuncia por humo de tabaco ante esta dependencia.
Alejandro Acevedo de la Garza titular de la Coepris detalló que los lugares en donde esté prohibido fumar, deben contar con los respectivos anuncios especificando que es un área libre de humo de tabaco “desde luego no se puede fumar en lugares cerrados, pero debe de haber anuncios explícitamente, de haber la prohibición tiene que existir un texto en donde se puedan hacer denuncias”
El jefe de esta comisión detalló que en caso de ver a una persona que está fumando en un lugar prohibido con el permiso del encargado de dicho lugar, el comensal puede denunciar los hechos ante la Coepris o a los números de la Cofepris y ellos puedan actuar de manera inmediata con un apercibimiento o una amonestación.
Acevedo de la Garza señaló que en los lugares en donde si tengan la autorización para fumar, se deben de contar con ceniceros o apaga cigarros.
La ley antitabaco de México entró en vigor el 1 de julio del 2009, en ella, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) de la Secretaría de Salud aseguró, en un comunicado, que queda prohibido fumar en espacios públicos cerrados: edificios públicos (federales, estatales y municipales), restaurantes, bares y discotecas.
Las nuevas reglas detallan los términos para la expedición de permisos sanitarios previos de importación y licencias sanitarias, las zonas para fumadores deberán estar al aire libre o completamente aisladas de los espacios que estén cien por ciento libres de humo de cigarro.