/ lunes 23 de julio de 2018

Rechaza TEPJF atraer impugnación de elección en Puebla

El Tribunal explicó que no solicitó al Instituto Electoral del Estado de Puebla rendir un informe circunstanciado y enviar la documentación del recurso que interpuso Luis Miguel Barbosa

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) aseguró que no “atrajo” la impugnación relacionada con la elección de gobernador del estado de Puebla, como se difundió en algunos medios de comunicación.


Por lo mismo, explicó, no solicitó al Instituto Electoral del Estado de Puebla rendir un informe circunstanciado y enviar la documentación del recurso que interpuso Luis Miguel Barbosa Huerta.

Aclaró que lo que recibió en la oficialía de partes de la Sala Superior del tribunal fue un escrito firmado por el representante de Morena.


Explicó que en dicho escrito se solicitó su intervención para que el instituto electoral poblano remita al tribunal electoral local “el recurso de inconformidad interpuesto contra la declaración de validez y la entrega de la constancia de mayoría de la elección de gobernador de la entidad, en virtud de la omisión de ambas autoridades locales de tramitar el referido recurso”.


De acuerdo con un comunicado, cuando un escrito es presentado directamente en la Sala Superior, si en el mismo se precisa la conducta que se estima contraria a Derecho y se indica la autoridad a quien se le atribuye el acto u omisión reclamado, en el mismo acuerdo mediante el cual se turna el asunto a algún magistrado, se efectúa un requerimiento a dicha autoridad.


Ello, a fin de que proceda a realizar el trámite que la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral ordena una vez que una demanda es presentada.


Una vez que sea desahogado el requerimiento efectuado, la ponencia a quien fue turnado el expediente, la de la magistrada presidenta, Janine M. Otálora Malassis, propondrá al pleno de la Sala Superior la resolución que corresponda a la petición efectuada por el partido político Morena.


El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) aseguró que no “atrajo” la impugnación relacionada con la elección de gobernador del estado de Puebla, como se difundió en algunos medios de comunicación.


Por lo mismo, explicó, no solicitó al Instituto Electoral del Estado de Puebla rendir un informe circunstanciado y enviar la documentación del recurso que interpuso Luis Miguel Barbosa Huerta.

Aclaró que lo que recibió en la oficialía de partes de la Sala Superior del tribunal fue un escrito firmado por el representante de Morena.


Explicó que en dicho escrito se solicitó su intervención para que el instituto electoral poblano remita al tribunal electoral local “el recurso de inconformidad interpuesto contra la declaración de validez y la entrega de la constancia de mayoría de la elección de gobernador de la entidad, en virtud de la omisión de ambas autoridades locales de tramitar el referido recurso”.


De acuerdo con un comunicado, cuando un escrito es presentado directamente en la Sala Superior, si en el mismo se precisa la conducta que se estima contraria a Derecho y se indica la autoridad a quien se le atribuye el acto u omisión reclamado, en el mismo acuerdo mediante el cual se turna el asunto a algún magistrado, se efectúa un requerimiento a dicha autoridad.


Ello, a fin de que proceda a realizar el trámite que la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral ordena una vez que una demanda es presentada.


Una vez que sea desahogado el requerimiento efectuado, la ponencia a quien fue turnado el expediente, la de la magistrada presidenta, Janine M. Otálora Malassis, propondrá al pleno de la Sala Superior la resolución que corresponda a la petición efectuada por el partido político Morena.


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