/ viernes 16 de julio de 2021

Tampico hermoso | Ministerio Público

Una de las figuras en estos tiempos más discutidas de nuestra administración pública, lo es, el “Ministerio Público, “procurador de Justicia”, “M.P.”, o como se le llama en el nuevo procedimiento, similar al del americano “Fiscal”, por la importancia responsabilidad y el contacto directo con el ofendido.

Esta importantísima figura, tiene su origen en dos corrientes, el “Derecho Hispano” que durante siglos rigió nuestro ordenamiento jurídico, aunque no lo queramos reconocer en el derecho mexicano, modelo de pasadas legislaciones. Funcionaba en las audiencias reales, que tuvieron lugar en la nueva España y de nuestros vecinos del norte, el no menos famoso “Attorney General”.

Las partidas definen al Fiscal, como “home que es puesto a razonar”, defensor en juicio de todas las cosas y los derechos que pertenecen a la cámara del rey.

En cambio, el “Attorney General” (americano), es la cabeza del Departamento de Justicia, aunque en nuestro país no se maneja así, si se le conoce como el abogado de la nación, el cerebro legal del Estado.

La Constitución de Apatzingán, según Don Luis Cabrera, el esfuerzo legislativo más audaz contempla dos fiscales, uno para lo civil y otro para lo criminal. El constituyente de 1917 señala las funciones del procurador quien como Ministerio Público deberá perseguir los delitos de carácter formal, siendo además el consejero jurídico del gobierno, sin mencionar su participación en los juicios de amparo.

Por otra parte, se encuentra en él depositada la confianza de la sociedad por su honradez, capacidad, y cabal ejercicio de la acción penal. Para que esto suceda la Procuración de Justicia, Fiscalía, o Ministerio Público o como les quiera llamar, necesita personas con un profundo sentido del deber, responsables, conocedores del derecho y muy importante un profundo sentido del deber, libertad y autonomía frente a las exigencias de los grupos de presión, consciencia de su independencia y de la majestad de su función (Portes Gil).

No podemos olvidar que procurar justicia para el pueblo que no sabe de teorías jurídicas, pero que tiene una gran sensibilidad, se convierte en velar y vigilar para que prevalezcan los derechos individuales frente al abuso del arbitrario y del poderoso...

Una de las figuras en estos tiempos más discutidas de nuestra administración pública, lo es, el “Ministerio Público, “procurador de Justicia”, “M.P.”, o como se le llama en el nuevo procedimiento, similar al del americano “Fiscal”, por la importancia responsabilidad y el contacto directo con el ofendido.

Esta importantísima figura, tiene su origen en dos corrientes, el “Derecho Hispano” que durante siglos rigió nuestro ordenamiento jurídico, aunque no lo queramos reconocer en el derecho mexicano, modelo de pasadas legislaciones. Funcionaba en las audiencias reales, que tuvieron lugar en la nueva España y de nuestros vecinos del norte, el no menos famoso “Attorney General”.

Las partidas definen al Fiscal, como “home que es puesto a razonar”, defensor en juicio de todas las cosas y los derechos que pertenecen a la cámara del rey.

En cambio, el “Attorney General” (americano), es la cabeza del Departamento de Justicia, aunque en nuestro país no se maneja así, si se le conoce como el abogado de la nación, el cerebro legal del Estado.

La Constitución de Apatzingán, según Don Luis Cabrera, el esfuerzo legislativo más audaz contempla dos fiscales, uno para lo civil y otro para lo criminal. El constituyente de 1917 señala las funciones del procurador quien como Ministerio Público deberá perseguir los delitos de carácter formal, siendo además el consejero jurídico del gobierno, sin mencionar su participación en los juicios de amparo.

Por otra parte, se encuentra en él depositada la confianza de la sociedad por su honradez, capacidad, y cabal ejercicio de la acción penal. Para que esto suceda la Procuración de Justicia, Fiscalía, o Ministerio Público o como les quiera llamar, necesita personas con un profundo sentido del deber, responsables, conocedores del derecho y muy importante un profundo sentido del deber, libertad y autonomía frente a las exigencias de los grupos de presión, consciencia de su independencia y de la majestad de su función (Portes Gil).

No podemos olvidar que procurar justicia para el pueblo que no sabe de teorías jurídicas, pero que tiene una gran sensibilidad, se convierte en velar y vigilar para que prevalezcan los derechos individuales frente al abuso del arbitrario y del poderoso...