/ lunes 3 de agosto de 2020

Verba Luminis | La no discriminación por razón de sexo

Dentro del derecho internacional de los derechos humanos, dos de sus principios fundamentales son los relativos a la igualdad y a la no discriminación y precisamente a ellos se refieren los artículos primero y segundo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos cuando señalan que todos los seres humanos nacen libres e iguales y tienen los derechos y libertades sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole.

Constituye una preocupación internacional que exista y se garantice el derecho de todo ser humano a la igualdad, sin distinción de ninguna naturaleza y en consecuencia a no ser objeto de discriminación. En nuestro país existe la ley federal para prevenir y eliminar la discriminación publicada en el Diario Oficial de la Federación del 11 de Julio del 2003, cuyas disposiciones son de orden público y de interés social, y el objeto de la misma es prevenir y eliminar todas las formas de discriminación que se ejerzan contra cualquier persona en los términos del artículo primero de nuestra Constitución Política.

Cómo ya se dijo, la igualdad y la no discriminación son dos principios fundamentales del derecho internacional de los derechos humanos, pero a pesar de ello, lamentablemente subsiste una transgresión de estas normas especialmente en contra de las mujeres, pues partiendo del sexo, esto es la diferenciación biológica entre hombres y mujeres, social y culturalmente se les ha dado una asignación diferenciada de roles y tareas, y en este contexto se ha considerado y aceptado que existen actividades propias de los hombres derivadas en razón de las virtudes que se consideran masculinas como la fuerza, competitividad, uso de la razón, etc.

Y las otras que deberían catalogarse como femeninas vinculadas a la emotividad, sensibilidad, fragilidad, etc.

Esta diferenciación ha traído consigo que en los ámbitos social y cultural, las actividades atribuidas a los hombres se consideran superiores, las asignadas a las mujeres se ubican en un ámbito inferior, por restringirse al ámbito privado, generalmente al hogar y esto ha generado una indebida subordinación y discriminación hacia las mujeres, por ser tales.

A pesar de los avances tecnológicos, de información y protección legal subsisten actualmente el problema de discriminación y desigualdad que se genera por el simple hecho de ser mujer. Lo qué debe de cambiar.